Muchas veces cuando realizamos labores de desinsectación o desratización en comunidades de propietarios, los vecinos nos preguntan si el seguro de la comunidad cubre daños por ratas, cucarachas o quién es el responsable si se sufre una plaga. Nosotros, como empresa de control de plagas en Bilbao y Bizkaia, siempre decimos lo mismo: depende de la situación. Para intentar resolver estas dudas, hoy vamos a hacernos eco de las situaciones más habituales en este aspecto.
Cabe destacar que todo este tipo de confusiones o dudas se rigen bajo la Ley de Propiedad Horizontal. Por lo que consultado esta normativa podremos aclarar cualquier situación en la que nos veamos inmersos.
Dentro del control de plagas, las comunidades sufren mayoritariamente la presencia de insectos y roedores. Ratas, ratones, cucarachas, chinches de cama, hormigas etc., son algunas de las especies que aprovechan cualquier rincón y/o una falta de labores de limpieza y mantenimiento para amargar a los vecinos.
¿Cómo actuar ante una plaga en una comunidad?
Por normal general, si un edificio padece una plaga, esta suele provenir de las zonas comunes. Garajes, trasteros, zonas de calderas son áreas donde se dan grandes focos. Según establece la Ley de Propiedad Horizontal, si la plaga procede de alguna instalación comunitaria serán los vecinos quienes se encarguen de subsanarla. El artículo 10.1 establece la obligatoriedad de realizar las tareas necesarias para “el mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes”. De esta forma, será el conjunto de propietarios, hasta los que no sufran tal inconveniente, quienes tendrán que hacer frente a este problema.
Otra situación habitual es si la plaga proviene de un particular. En este caso será el propietario quien debe hacerse cargo de realizar las labores de fumigación o eliminación de ratas. Eso sí, ante esta situación debemos tener en cuenta dos situaciones: si la vivienda está alquilada o si el origen de la plaga no es en nuestra vivienda sino en la del vecino.
En el primer caso, habrá que establecer de quién es culpa la presencia de roedores o insectos. Si es por error del alquilado, ya que no cumple con unas labores de salubridad y limpieza etc., será él el encargado de pagar los costes. Por el contrario, si el desliz recae sobre el arrendador, este último tendrá que hacer frente a esta dificultad.
Otro caso frecuente es que la plaga se haya extendido y no seamos nosotros el origen sino un vecino. En ese caso debemos acudir a él y comunicarle la situación para que haga frente a ella. Si se niega, pondremos el asunto en constancia de la comunidad para que le inste a solucionarlo. Si aun así no da su brazo a torcer, habrá que emprender acciones legales.
Control de plagas en comunidades de propietarios
Si por desgracia la plaga proviene de algún espacio comunitario, lo más adecuado es contratar los servicios de profesionales. Ellos cuentan con las herramientas y la formación necesaria para identificar la plaga, el grado de infestación y la vía de entrada. Tras este análisis, establecerán un tratamiento teniendo en cuenta los aspectos citados anteriormente y procederán a su erradicación.
Por otra parte, si queremos ser precavidos, las empresas de control de plagas ofrecen servicios de prevención y mantenimiento. Por un importe reducido, técnicos se encargarán de evitar que aparezcan este tipo de especies realizando una serie de trabajos acorde con lo pactado con el cliente.